El presente texto que se pone a disposición de la comunidad jurídica, es fruto del estudio e investigación de la protección penal de aquellos patrimonios que son administrados por un tercero, en cuyo contexto es donde irrumpe este nuevo delito de “Administración desleal”, realizando un repaso por sus elementos y particularidades, además del estado de la legislación y propuestas doctrinales anteriores a ser parte del catálogo penal nacional, incluyendo, los modelos de regulación existentes en las legislaciones comparadas, como lo son Alemania, España, Italia y Francia, de este tipo de delitos, aspectos que sin duda, brindaran al lector un estudio y comprensión más acabada de esta figura delictual.
El autor realiza un esfuerzo por analizar los posibles alcances de aplicabilidad de este delito, basado en el basto campo de punición de esta figura, al considerar cualquier tipo de patrimonio como bien jurídico, situándose así en una esfera de especial relevancia social, considerando sus efectos, como lo es el matrimonio, y su regulación patrimonial, como posible espacio de punibilidad, no bastando aquello, se enfrenta dogmática y política criminalmente a la excusa legal absolutoria contenida en el artículo 489 del código penal, señalando soluciones tanto de lege lata como lege ferenda. Finalmente, realiza una propuesta propia de solución, esbozando un camino alternativo con el objeto de evitar la alta sensación de impunidad, y romper con los paradigmas antiquísimos de corte patriarcal.
|